Empleo|

Por Resolución de la Alcaldía de fecha 21 de diciembre de 2022, en virtud de las competencias que me otorga el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1.985, de 2 de abril, modificada por Ley 11/1.999, de 21 de abril, y de conformidad con la propuesta formulada por el Tribunal Calificador, se ha nombrado para el puesto de trabajo de GESTOR TURÍSTICO, como personal laboral temporal, (QUINTEL), al siguiente aspirante:

1. DON DAVID DE SOTO PASCUAL

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artº. 27.1 del Decreto 67/1999, de 15 de abril, de la Junta de Castilla y León, en relación con el art. 92.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Lo que traslado a Vd. para su conocimiento y efectos, con la advertencia de que contra este acto, acuerdo o resolución, puede interponer recurso de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo directamente ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ávila, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación. Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin que se notifique expresamente su resolución, se entenderá desestimado.

Contra la desestimación, expresa o presunta del recurso de reposición, podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado mencionado, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la recepción de la notificación si la desestimación es expresa, o en el plazo de seis meses contados desde el día siguiente a aquel en que deba de entenderse presuntamente desestimado el recurso de reposición.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Se adjunta documento,

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